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Desearía presentar una reclamación contra un abogado. ¿Dónde debería llamar?
Póngase en contacto con la Oficina de Reglamentación de Abogados en esta dirección: 6600 17th Street, Room #200-S, Denver, CO 80202. Teléfono: 303-893-8121.
¿Dónde obtengo la habilitación para una empresa?
Póngase en contacto con el Centro de Ayuda a Empresas perteneciente a la Oficina de Desarrollo Económico y Comercio Internacional, 1625 Broadway Suite 1700, Denver, CO 80202. Teléfono: 303.892.3840. Fax: 303.892.3848.
¿Quién se encarga de reglamentar a los constructores?
Las licencias y los reglamentos para el trabajo de construcción no se aplican a través del estado, excepto el área eléctrica y la plomería. Puede comunicarse con los Consejos de Electricidad y Plomería al teléfono 303-894-2300. Asimismo, se aconseja que los consumidores se comuniquen con las autoridades de la ciudad y del condado de residencia para obtener información en cuanto a constructores.
¿Quién se encarga de reglamentar las empresas de TV por cable?
En cuanto a licencias, disposiciones y reglamentos, póngase en contacto con la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por su sigla en inglés) al 303-969-6497. Por problemas con el servicio, comuníquese con las autoridades de la ciudad y del condado en donde vive.
¿Dónde puedo presentar una reclamación sobre un vendedor de autos?
Los consumidores deberán comunicarse con el Consejo de Vendedores de Autos del Departamento de Administración Fiscal, al teléfono 303-205-5604.
¿Los menores de edad pueden vender cigarrillos en tiendas de autoservicio?
Si advierte que un menor de edad está vendiendo cigarrillos, deberá ponerse en contacto con el organismo policial local. Los consumidores que tengan preguntas sobre el impuesto a los cigarrillos deberán comunicarse con el Departamento de Administración Fiscal, División Especial Impositiva, teléfono: 303-205-8211, interno 6860.
¿Quién otorga las licencias para las guarderías?
Póngase en contacto con la División de Atención al Menor del Departamento de Servicios Humanos, al 303-866-5958.
¿Quién regula la actividad de los cobradores de deudas?
Póngase en contacto con el Consejo de Agencias de Cobranza en la Oficina del Fiscal General, al 303-866-5304.
¿Quién regula el otorgamiento de licencias para la venta de bebidas alcohólicas?
Póngase en contacto con el Departamento de Administración Fiscal, División de Aplicación de las Disposiciones relativas a Bebidas Alcohólicas, al 303-205-2300.
¿Quién regula a los originadores de prestamos hipotecarios?
A partir del 1º de julio de 2006, los originadores de prestamos hipotecarios deben registrarse ante la División de Negocios Inmobiliarios. Puede obtener los requisitos para su registro en www.dora.state.co.us/real-estate.
Los originadores de prestamos hipotecarios cuyo negocio no se limite exclusivamente a tramitar préstamos hipotecarios con inversionistas institucionales están sujetos a los requisitos para su habilitación como originadores de prestamos o agentes hipotecarios en virtud de la legislación estatal sobre valores. Por lo tanto, un originador de prestamos hipotecario que reúne dinero proveniente de inversionistas particulares para financiar préstamos hipotecarios debe cute;a tener licencia en virtud de la legislación estatal sobre valores a través de la División de Valores.
¿Qué significa una cobertura contra conductores sin seguro o con cobertura con valor inferior?
Estos tipos de cobertura se explican en las preguntas frecuentes sobre coberturas contra conductores sin seguro o con coberturas de valor inferior.
¿Qué significa un seguro contra terceros para automóvil?
El seguro contra terceros, también conocido como protección a lesiones personales (PIP, por su sigla en inglés), ofrece cobertura para determinados gastos médicos y de rehabilitación por lesiones ocasionadas en un accidente de automóvil. Paga beneficios por las lesiones, independientemente de que la persona lesionada haya sido negligente o haya estado "en falta". (El daño material es responsabilidad de la parte en falta). La legislación contra terceros vence el 1º de julio de 2003. Todas las pólizas con una fecha vigente al 1º de julio o con posterioridad a la misma se expedirán bajo una ley de seguros para automóvil indemnizable en juicio civil.
¿Qué significa un seguro para automóvil indemnizable en juicio civil?
Se refiere a un daño civil, pero no un delito. En el área de seguros para automóvil, un sistema de este tipo significa que, frente a un accidente de auto, se realiza una determinación de la responsabilidad. La parte que tenga la culpa, o su compañía de seguros, paga los gastos médicos y de rehabilitación a la parte afectada, así como el daño material. La parte afectada puede, asimismo, iniciar juicio por otras pérdidas tales como lucro cesante, dolor y sufrimiento.
¿Qué es un seguro de "responsabilidad"?
Un seguro de responsabilidad se define en general como una cobertura de daños físicos que usted ocasione a otra persona o por daños materiales que ocasione a la propiedad de otra persona por uso negligente de su vehículo. El monto mínimo de seguro de responsabilidad exigido por la legislación de Colorado es el siguiente:
u $25,000 por persona en caso de lesión física;
u $50,000 por accidente en caso de lesión física, y
u $15,000 por accidente en caso de daños materiales.
¿Qué sucederá con la póliza de seguros de mi automóvil el 1º de julio de 2003?
La legislación vigente contra terceros vence el 1º de julio de 2003. Esto significa que todas las pólizas que se emitan o renueven a partir de dicha fecha inclusive se inscribirán como indemnizables en juicio civil. No obstante, si usted tiene una póliza que fue emitida antes de esa fecha pero vence posteriormente a la misma, igualmente recibirá los beneficios de una póliza contra terceros. Por ejemplo: María tiene una póliza contra terceros emitida el 15 de abril con vencimiento el 15 de octubre. Ella sufre lesiones en un accidente el 20 de agosto. Los gastos médicos y de rehabilitación serán cubiertos por la póliza de seguros para automóvil contra terceros, independientemente del hecho de que la ley contra terceros haya vencido el 1º de julio. Estos beneficios se cubrirán sin importar quién fue responsable del accidente.
¿Por qué están cubiertos mis beneficios contra terceros si la ley venció?
Su actual póliza de seguros de automóvil es un contrato. Se consignó en virtud de las leyes de Colorado al momento en que usted suscribió dicho contrato y previamente al vencimiento de la ley contra terceros. La nueva ley no interfiere con su contrato y la compañía de seguros debe pagar todos los beneficios detallados en su póliza.
Si mi póliza continúa hasta después del 1º de julio, ¿mi compañía de seguros puede cancelar mi póliza contra terceros el 1º de julio?
No, a menos que usted apruebe el cambio. Su póliza de seguros de automóvil constituye un contrato y no puede ser modificado en la mitad de su plazo de vigencia a menos que usted acceda a dicho cambio.
No deseo continuar con la cobertura contra terceros (PIP) después del 1º de julio. ¿Puedo adquirir una póliza indemnizable en juicio civil si mi actual póliza contra terceros continúa vigente después del 1º de julio?
Sí, siempre y cuando usted y su compañía de seguros estén de acuerdo con el cambio. Como titular de la póliza, usted puede ponerse en contacto con su agente de seguros para analizar si cambiar de una póliza contra terceros a una póliza indemnizable en juicio civil es lo mejor para sus necesidades individuales.
¿Podré adquirir cobertura para gastos médicos dentro de un sistema de pólizas indemnizables por juicio civil?
La mayoría de las compañías de seguros, si no todas, ofrecerán a los titulares de las pólizas una "cobertura de pagos médicos" limitada. Esto proporciona cobertura para los gastos médicos de usted, su familia y los pasajeros de su automóvil que hayan sufrido lesiones en un accidente automovilístico. Consulte a su agente si dispone de cobertura de pagos médicos.
¿Qué sucede si yo soy responsable de un accidente y mis gastos médicos superan los límites de mi cobertura de pagos médicos?
Bajo un sistema de pólizas indemnizables en juicio civil, se asume que la parte negligente es responsable de los daños. Usted o su seguro médico se harán cargo de sus gastos médicos que superen los límites de cualquier cobertura de pagos médicos dentro de su póliza de seguro de automóvil.
¿Qué sucede si sufro lesiones a causa de un conductor negligente? ¿Debo iniciar un juicio para obtener la compensación de mis reclamaciones?
En la gran mayoría de los casos, la respuesta es no. En general, las compañías de seguros de automóvil hacen una liquidación en función de una determinación de la responsabilidad en un accidente particular, y pagan los beneficios según dicha determinación. Únicamente en algunos casos en que se discute de quién es la responsabilidad o la extensión de los daños será necesario recurrir a acciones legales.
¿Qué sucede si sufro lesiones por responsabilidad de un conductor que no tiene seguro de automóvil?
Si usted adquirió cobertura contra conductores sin seguro o con cobertura de valor inferior, su compañía de seguros cubrirá sus gastos médicos. Si usted no adquirió este tipo de cobertura, usted o su seguro médico probablemente se hagan cargo de sus gastos médicos. Por supuesto, puede iniciar juicio contra el conductor en falta, pero los conductores sin seguros en general no tienen bienes sustanciales de donde recuperar el valor de los daños.
¿Qué monto de seguro por responsabilidad debería contratar?
Debe hablar con su agente sobre sus circunstancias particulares para garantizar que tenga un seguro suficiente que proteja sus bienes en el caso de que alguien le inicie un juicio por daños. Bajo la antigua ley de PIP, si usted ocasionaba lesiones a otra persona en un accidente automovilístico, la cobertura contra terceros de esa persona cubriría sus gastos médicos. En la nueva ley, su cobertura frente a la responsabilidad de ocasionar lesiones físicas cubrirá esos mismos gastos si usted está en falta.
¿Cómo puedo obtener habilitación para investigador privado?
Los investigadores privados no obtienen habilitación ni son regulados en el estado. Algunos gobiernos locales exigen habilitación. Consulte en la ciudad y el condado en el que usted trabajará.
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1560 Broadway, Suite 1550, Denver, CO 80202 (303) 894-7855 - Phone (800) 886-7675 - Toll Free (303) 894-7885 - Fax E-Mail